domingo, 27 de diciembre de 2015

El pasado nunca muere (2)

En el centro de la foto, el Camín de La Cruz antes de ser hormigonado
La segunda parte de este serial comienza en 1990, cuando el Principado decidió realizar el acondicionamiento del único acceso para vehículos del que dispone La Viliel.la, desde el cruce con la AS-15 en L.larón. Para ello aprovecharon los primeros 500 metros de lo que iba a ser la carretera a Cecos. Pero el resto del trazado (unos 350 metros), conocido tradicionalmente como Camín de La Cruz, con una anchura media inferior a 3 metros, no permitía que las máquinas pudiesen echar la base y asfaltar dicho tramo, por lo que quedó con el piso de tierra, y sólo fueron asfaltados esos primeros 500 m, con las marcas viales y señales correspondientes, recibiendo el conjunto del trazado el código de carretera CN-10.



En 1993, visto que el Principado ya no tenía pensado retomar la obra, los vecinos decidieron contratar una excavadora y ensanchar el Camín de La Cruz para que permitiese el paso de vehículos mayores que un turismo, quedando una anchura media de 3,50 metros y habilitando un espacio en el que pudieran cruzarse dos turismos.

A la derecha, el Camín de La Cruz en 1993 después del ensanche
En el año 2000 se solicita al Principado y el Ayuntamiento el hormigonado del Camín de la Cruz. La respuesta fue dada por el Principado, tramitando y adjudicando la obra. El Ayuntamiento, fiel a su costumbre, ni siquiera contestó, pero al saber que el proyecto ya estaba aprobado y costeado por el Principado, solicitó a éste realizar la obra, ejecutándola en agosto de 2001.

CN-10 (izquierda) y acceso a La Viliel.la ya hormigonado (derecha)

CN-10, Zona de Uso General
Pero, para no variar, siempre acaban los vecinos sustituyendo la dejadez de las administraciones. En los mencionados 500 metros, el Principado realiza las labores de limpieza de talud y cunetas, y del firme en tiempo de nevadas. En el resto, son los vecinos los que tienen que limpiar las cunetas, desbrozar el talud y quitar la nieve a paladas. Y ya no es porque ese tramo no tenga la anchura suficiente para que desbrozadoras y quitanieves puedan realizar los trabajos correspondientes. Es que (¡segunda sorpresa!) esos 350 metros no existían, al menos hasta hace poco tiempo, para el Principado. En el Catálogo de Carreteras de la Red del Principado de Asturias, publicado en el BOPA del 9 de abril de 2007 (desde la página 6.279), la carretera CN-10, perteneciente a la Red Local de Segundo Orden, tiene como denominación Carretera de Corralín. Y en el mapa oficial de carreteras publicado ese año, la CN-10 tiene una longitud aproximada de 3.160 metros y su recorrido va desde L.larón hasta el puente de La Baxancada, siguiendo el trazado del proyecto de la carretera a Cecos. Las alegaciones enviadas para corregir en los mapas el trazado de la vía en dirección a La Viliel.la y el nombre de la vía por “Carretera L.larón-La Viliel.la”, como si no se hubiesen mandado.

CN-10, Zona de Uso Agropecuario

Todo normal, si no fuera por dos pequeños detalles: que sólo están acondicionados como carretera los susodichos primeros 500 m (con el resto del trazado con el piso de tierra, tal como quedó en 1960, cuando fue abandonado el proyecto a Cecos), y que dicho recorrido no conduce a ninguna población, ni siquiera a un lugar de cierto interés (como es el caso de la que va a los Lagos de Cuadonga, por ejemplo). Pero lo mejor viene cuando se consulta el plano de zonificación del Parque Natural y se descubre que la CN-10 era una carretera muy especial: los primeros 1.420 metros son Zona de Uso General (ZUG), los siguientes 470 metros Zona de Uso Agropecuario (ZUA), y los últimos 1.270 metros, Zona de Uso Restringido Especial (ZURE). Menos mal que está por debajo de los 1.600 metros, si no 
CN-10, Zona de Uso Restringido Especial y final de trayecto
también hubiese sido aplicable la calificación de Zona de Alta Montaña. Así pues, el Principado contaba con, posiblemente, la única carretera del mundo en la que se podía circular en coche en un tramo (primero por asfalto y luego en tierra), realizar actividades agrícolas, ganaderas, forestales y recreativas en el siguiente, y sólo actividades agroganaderas y forestales en el resto. Sin perder de vista que, al mismo tiempo, estaban permitidas y prohibidas a la vez ciertas actividades en el mismo espacio.


Y esste último párrafo está escrito en pasado, porque después de algún tiempo, alguien en el Principado debió de darse cuenta del despropósito y fueron rectificados los mapas y otros archivos (no así el nombre en el Catálogo de Carreteras), y el trazado de la CN-10 acaba en La Viliel.la. Lo que no significa que se hayan ocupado del mantenimiento o vayan a ocuparse...

(Para conocer el significado y características de la sopa de letras -ZUG, ZUA, ZURE, ...- podéis consultar el BOPA del 21 de febrero de 2015, a partir de la página 25).

(Continuará un poco más...)

1 comentario:

Jose de Mingo dijo...

Vaya galimatías de zonificación para una carretera de 3 kilómetros.¡¡Los de La Viliel.la sois la leche!!.
Y luego la administración pretende que los paisanos cumplan a rajatabla la legislación.....¡anda ya!.